Cuantía y límite de la deducción
- Será del 75 por ciento
- El importe máximo será de 150 euros anuales en tributación conjunta e individual.
Requisitos para la aplicación de la deducción
- El contrato de arrendamiento con mismo arrendatario deberá ser igual o superior a un año.
- La realización del depósito de la fianza.
- Declaración en el IRPF del rendimiento derivado de las rentas.
- En la declaración del IRPF deberá aparecer el NIF del arrendatario y el número de referencia catastral del bien arrendado.
- El importe mensual no deberá superar los 800 euros.