Cuantía de la deducción
- Será del 10 por ciento de los gastos y honorarios profesionales.
- Será el 10 por ciento de los gastos por adquisición de aparatos para suplir deficiencias físicas.
Límite máximo de la deducción anual
- De 500 euros en tributación individual y 700 euros en la conjunta.
- Los límites se aumentarán en 100 euros en tributación individual cuando el contribuyente tenga una discapacidad igual o superior al 65 por ciento.
Requisitos para la aplicación de la deducción
- La base conjunta de la deducción deberá estar justificada en factura a las personas o entidades que presten los servicios.
- La factura deberá cumplir con las condiciones del Reglamento que regula las obligaciones de facturación.