Cuantía y límites máximos de la deducción
- Será del 10 por ciento y tendrá un límite anual de 500 euros en tributación individual y 700 euros en la conjunta.
- Los límites se incrementará en 100 euros para tributación individual, si el contribuyente tiene alguna discapacidad igual o superior al 65 por ciento y 100 euros por contribuyente con discapacidad en tributación conjunta.
Requisitos para la aplicación de la deducción
- La suma de la base imponible general y del ahorro deberá ser inferior a 60.000 euros en tributación general y conjunta.
- La base conjunta de la deducción estará constituida por las cantidades justificadas con facturas y satisfechas a los prestadores de los servicios.