Cuantía de la deducción
- Será de 500 euros, con carácter general.
- Será de 1.000 euros si alguno de los cónyuges o descendientes tiene un grado de discapacidad igual o mayor al 65 por ciento.
Incremento de la deducción
Tendrá un aumento de 820 euros por descendiente a los que se aplique el mínimo por descendientes.
Requisito y otras condiciones
- Si el derecho a la deducción se dio en 2019, la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar no podrá superar los 18.900 euros en tributación individual y 31.500 euros en la conjunta.
- Se aplicará al contribuyente que sea miembro de familia numerosa. Si hubiese más de un contribuyente, el importe de la deducción, si es en tributación individual, se dividirá en partes iguales.
- El contribuyente deberá acreditar mediante documento la condición de familia numerosa.
- Si el contribuyente careciera de cuota íntegra autonómica para optar a la aplicación de la deducción, el importe no deducido se podrá realizar en los tres periodos siguientes.