Cuantía y límites máximos de la deducción
- Será el 1 por ciento de la cantidad donada por contribuyente y con límite máximo de 240 euros por donatario.
- Será el 2 por ciento de la cantidad donada y con un límite máximo de 480 euros por cada destinatario.
- Será el 3 por ciento de la cantidad donada con el límite máximo de 720 euros por cada donatario.
Otras condiciones y requisitos para la aplicación de la deducción
- Cumplir con los requisitos de la normativa autonómica del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para la reducción del 85 por ciento de la base imponible de las donaciones.
- Se considerará vivienda habitual la que se entiende en la normativa del IRPF.
- A efectos de la aplicación de la deducción, las personas sujetas a acogimiento familiar serán adoptados y quienes realicen el acogimiento adoptante.