Cuantía y requisitos para la aplicación de la deducción
- Será el 25 por ciento con un límite del 10 por ciento de los donativos realizados a entidades de investigación científicas y tecnológicas, así como aquellos sin fines de lucros bajo la consideración de organismos de investigación y difusión de conocimientos.
- La deducción estará condicionada a la justificación documental y a los requisitos que permiten su aplicación.