Cuantía y límite máximo de la deducción
- Será de 15 por ciento.
- El importe no podrá superar el 10 por ciento de la cuota íntegra autonómica.
Requisitos para la aplicación de la deducción
Las donaciones que dan derecho a la deducción deben ser a favor de las instituciones que se exponen a continuación:
- Entidades que tienen como finalidad el fomento de la lengua catalana.
- La Universidad de Illes Balears y centros superiores de enseñanza artística.
- Entidades sin fines de lucro.
- Entidades exentas del Impuesto sobre Sociedades.
- Acreditación de las donaciones a través de certificado de la entidad donataria.
Incompatibilidad
Es incompatible con la deducción “Por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración empresarial, (…)”.