Cuantía de la deducción
Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años
Requisitos y otras condiciones
- No percibir ayudas del Principado de Asturias por acogimiento.
- Que no haya vínculo de parentesco entre el acogido y contribuyente.
- Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no sean mayor a los 25.009 euros en tributación individual y 35.240 euros en tributación conjunta.
- Si la persona acogida convive con más de dos contribuyentes, el importe de la deducción se prorrateará entre ambos.
- El contribuyente deberá presentar el documento acreditativo de acogimiento no remunerado.