Cuantía de la deducción
El 2 por 100 de las cantidades satisfechas durante el periodo impositivo por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
Requisitos específicos
- La vivienda debe tener la calificación de protegida.
- Lo ingresos anuales no deben exceder de 2,50 vece el IPREM.
- La adquisición o rehabilitación de vivienda debe hacer iniciado a partir del 1 de enero de 2003.